BASES GENERALES REGULADORAS
de los «PREMIOS GAUDÍ»
OTORGADOS POR LA ACADEMIA DE LAS ARTES Y LAS CIENCIAS CINEMATOGRÁFICAS CATALANAS
I.- ORGANIZACIÓN, OBJETO, CALENDARIO
1) Organización
La Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas Catalanas organiza y convoca con carácter anual los «Premios Gaudí» en reconocimiento a las películas catalanas, a los profesionales que han participado en ellas y a los profesionales catalanes que han trabajado en películas no catalanas.
2) Objeto
En el marco de los «Premios Gaudí», los académicos emiten una crítica a una obra audiovisual pública, estrenada oficialmente en Cataluña durante el año de los «Premios Gaudí». El Premio es el resultado de la crítica de los académicos con derecho a voto regulado por las presentes Bases. Las obras audiovisuales participantes no se presentan ni se retiran y la Academia elige libremente las películas que son objeto de su crítica.
3) Calendario
La Academia anualmente confeccionará un calendario de plazos que regulará los Premios. Este calendario se dará a conocer antes del 30 de septiembre de cada año. Las fechas que regulará el calendario serán las correspondientes a:
- Fechas que comprenden las estrenas que participarán en los Premios de la corriente edición:
- La fecha inicial será el día siguiente a la fecha que cerraba el año anterior.
- La fecha final será la que se acuerde, a fin de elaborar los plazos de las dos rondas de los Premios, condicionados por la fecha de la Gala, en cuyo transcurso se otorgarán los Premios.
- Plazo para la entrega de material promocional.
- Fecha de inicio y fin de la primera vuelta de votaciones.
- Fecha de lectura de nominados.
- Plazo de la segunda vuelta de votaciones, que se inicia después de la lectura de las nominaciones.
- Fecha de la Gala. Generalmente segunda quincena de enero o primera de febrero.
II.- CANDIDATOS y PREMIOS
A/ CANDIDATURAS
Son candidatas a la primera ronda de votaciones las películas estrenadas en Cataluña dentro del año de los «Premios Gaudí», según documentación facilitada por el Instituto Catalán de Industrias Culturales de la Generalitat de Cataluña (ICIC) y del Instituto de las Ciencias y la Artes Audiovisuales del Ministerio de Cultura (ICAA).
Requisitos:
- Películas en lengua catalana: optan a todos los Premios, excepto a los Premios específicos (Cortometraje, Televisión o Europeo) y al de “Mejor película en lengua no catalana”.
- Películas de producción o coproducción catalana en lengua no catalana: optan a todos los Premios, excepto a los Premios específicos (Cortometraje, Televisión o Europeo) y al de “Mejor película en lengua catalana”.
A efectos de las presentes bases reguladoras, es película catalana la que está participada en un mínimo del 20% por una productora domiciliada en Cataluña. Pero de estas películas, la Junta Directiva de la Academia sólo admitirá las que tienen suficiente cuota de creación catalana. Esta cuota se obtiene según la participación de talento catalán, por lo que la producción catalana deberá contar con profesionales catalanes y elementos de catalanidad hasta sumar 6 puntos objetivos de la tabla que sigue:
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1. Productor....................................................................................
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2 puntos
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2. Director.......................................................................................
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2 puntos
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3. Guionista.....................................................................................
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2 puntos
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4. Actor o actriz principal................................................................ En caso de documental, los protagonistas En caso de animación, los dobladores principales y director de animación
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1 punto
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5. Actor o actriz secundario/a........................................................... En caso de documental: entrevistados, dobladores En caso de animación: dobladores secundarios
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1 punto
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6. Director de fotografía.................................................................
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1 punto
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7. Dirección artística..........................................................................
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1 punto
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8. Montaje ....................................................................................
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1 punto
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9. Música original..............................................................................
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1 punto
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10. Temática catalana.......................................................................
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1 punto
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11. Rodadas en territorio de habla catalana (más del 50%)...............
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1 punto
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12. Sonido.............................................................................................
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1 punto
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13. Efectos especiales /digitales...........................................................
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1 punto
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14. Peluquería y maquillaje............................................................
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1 punto
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| 15. Dirección de casting…………………………….………………… |
1 punto |
| 16. Dirección de producción……………………………….………… |
1 punto |
- Películas de producción o coproducción no catalana pero con Talento catalán: la Junta Directiva de la Academia puede tener en consideración películas no catalanas con suficiente talento catalán, si lo proponen dos miembros de la Junta Directiva y ésta lo aprueba por mayoría simple. Es decir, profesionales residentes en Cataluña o catalanes que han aportado su talento y han contribuido al éxito de películas no catalanas, pueden optar al Premio específico de su trabajo.
B/ CANDIDATAS A PREMIOS ESPECÍFICOS
- Películas de cortometraje: podrán llegar a ser candidatas a primera ronda de votaciones para optar al Premio Gaudí de Cortometraje las producciones que cumplan los requisitos que se exponen a continuación. Las películas de cortometraje sólo podrán optar a este Premio. Los requisitos son:
- Que el cortometraje sea cualificado en el ICIC durante el año de los Premios Gaudí.
o bien,
- Que una productora catalana lo haya cualificado en otro centro de calificación en este mismo periodo (como puede ser el ICAA).
o bien,
- Que el cortometraje de un miembro de la Academia haya sido cualificado en otro centro de calificación en este mismo periodo. En este caso, debe ser aceptado por la Junta Directiva, que valorará la aportación del académico al cortometraje.
Para optar al Premio, independientemente de la calificación que acredite el cortometraje, es necesario que:
- La productora solicite por escrito participar en los Premios de la Academia, Premio Gaudí de Cortometraje, dentro del plazo del calendario que anualmente estipula la Junta Directiva.
- El Premio Gaudí de Cortometraje corresponde a su director, y lo recoge en nombre de todo el equipo creativo.
- La productora debe entregar a la Academia:
- Copia DVD o Blue Ray del cortometraje.
- Copia del certificado de calificación.
- Fotografías del cortometraje.
- Ficha técnica y argumento.
- Ceder los derechos imagen promocional del cortometraje.
- Autorizar que el cortometraje pueda ser visionado (streaming) en Filmotech por los académicos.
- Películas para Televisión: podrán llegar a ser candidatas a primera ronda de votaciones para optar al Premio Gaudí Mejor Película para Televisión y, a ningún otro premio: películas de televisión producidas por productoras catalanas y emitidas dentro del año de los «Premios Gaudí» en Cataluña.
El listado de películas que concursan se confecciona a partir de la información recibida de las cadenas de televisión de Cataluña, contrastada y ratificada por la Junta Directiva de la Academia.
- Películas Europeas: podrán llegar a ser candidatas a primera ronda de votaciones para optar al Premio Gaudí Mejor Película Europea y, a ningún otro premio: películas no catalanas, de producción o coproducción europea, estrenadas en Cataluña dentro del año de los «Premios Gaudí».
El Premio Gaudí de Honor se concede a un destacado profesional catalán, en reconocimiento a su trabajo artístico durante toda una vida. Es elegido por la Junta Directiva y no pasa por ningún otro proceso más electoral. La elección se hace por mayoría simple. Es condición imprescindible que el candidato acepte el galardón. En caso de no aceptarlo, la Junta Directiva escogerá otro premiado.
El criterio de elección se basa en los siguientes puntos:
- Un profesional catalán que se ha distinguido por su trayectoria profesional durante toda una vida.
- Se valora su filmografía, trayectoria, profesionalidad, trascendencia, éxito.
Como su resultado se levantará Acta y se mantendrá en secreto sin hacerse público. Se hará público siguiendo el plan de comunicación específico de la edición de los premios. Por defecto, se comunicará el día que se lea el acta a los nominados.
C/ PREMIOS
1) El Premio Gaudí
El Premio lo reciben las personas físicas, una o más, que como profesionales hayan ejecutado sus funciones propias de aquella categoría en la producción de una obra audiovisual y que han sido elegidos en estas votaciones. Los profesionales reconocidos con premios, reciben el galardón llamado “GAUDÍ” que consiste en una estatuilla de bronce 35 cm de altura. El “GAUDÍ” es una réplica que la escultora Montse Ribé ha hecho de las chimeneas de la casa Milà, “La Pedrera”, del arquitecto Antoni Gaudí, ubicada en el Paseo de Gracia de Barcelona.
Sólo se entrega una unidad del galardón por categoría, independientemente del número de personas que hayan podido participar en la consecución del premio. Si quieren más réplicas del “GAUDÍ” (sólo lo pueden pedir los profesionales galardonados en cada categoría), deberán pagarlas.
Es responsabilidad de las persones Premiadas decidir la custodia del galardón. En el supuesto de que la persona ganadora perdiera el galardón y lo quisiera restituir, deberá solicitarlo a la Academia y los gastos de producción de la nueva unidad correrán a cargo del interesado.
Los galardones se preparan y producen de forma expresa para cada edición de los Premios y sólo el número de unidades requerido.
2) Categorías
- Candidatas específicas que optan al premio de:
- Mejor Cortometraje
- Mejor Película para Televisión
- Mejor Película Europea
No pueden optar a ningún otro premio.
En el premio a mejor cortometraje, éste se otorga al director y él lo recoge en nombre de todo el equipo creativo. El director puede subir a recoger el galardón acompañado del productor.
En el caso de mejor película para televisión y de mejor película europea, el premio se otorga al productor.
- El premio a Mejor Película en lengua catalana, no puede obtener el premio a Mejor Película en lengua no catalana, ni tampoco a los premios de Mejor Cortometraje, Mejor Película para Televisión ni Mejor Película Europea. El Premio es para el productor.
- El premio a Mejor Película en lengua no catalana, no puede optar a los premios de Mejor Película en lengua catalana, ni tampoco a los premios de Mejor Cortometraje, Mejor Película para Televisión ni Mejor Película Europea. El Premio es para el productor.
- El premio a Mejor Película de animación, sólo lo podrán recibir las películas de animación. En el marco de las presentes Bases reguladoras, es película de animación la que el productor comunica que lo es y que la Junta Directiva se lo tiene en consideración. Las candidatas a esta categoría, no pueden optar a los premios de Mejor Cortometraje, Mejor Película para Televisión, ni Mejor Película Europea. El Premio es para el productor.
- El premio a Mejor Película documental, sólo lo podrán recibir las películas documentales. En el marco de las presentes Bases reguladoras, es película documental la que el productor comunica que lo es y que la Junta Directiva se lo tiene en consideración. Las candidatas a esta categoría, no pueden optar a los premios de Mejor Cortometraje, Mejor Película para Televisión, ni Mejor Película Europea. El Premio es para el productor, que podrá subir a recoger su galardón acompañado del director.
- A los Premios a:
- Mejor dirección.
- Mejor guión.
- Mejor fotografía.
- Mejor montaje.
- Mejor música original.
- Mejor protagonista masculino.
- Mejor protagonista femenino.
- Mejor actor secundario.
- Mejor actriz secundaria.
- Mejor dirección artística.
- Mejores efectos especiales / digitales.
- Mejor maquillaje y peluquería.
- Mejor vestuario.
- Mejor sonido.
- Mejor dirección de producción;
pueden optar todas las películas excepto aquellas que ya opten a los galardones de Mejor Cortometraje, Mejor Película Europea y Mejor Película para Televisión.
El Premio es para el profesional – artista pertinente.
III.- VOTACIÓN
1) Qué se vota.
Se vota a los profesionales que han participado en las películas candidatas.
2) Quién tiene derecho a votar.
Los miembros de la Academia son los que con carácter general tienen derecho a voto en los presentes “Premios”. En base al Reglamento de Régimen Interno, aprobado por la Junta Directiva de la Academia, los académicos están agrupados en las siguientes categorías según su derecho a voto: Académico Numerario y Académico de Honor, tienen derecho a voto. Los Académicos Asociados no tienen derecho a voto.
La pertenencia a una categoría o a otra, depende de un cúmulo de condiciones fijadas por el Reglamento de Régimen Interno de la Academia del Cine Catalán.
Teniendo presente lo anterior, tienen derecho a voto: los Académicos Numerarios, los Académicos de Honor y los galardonados con el Gaudí de Honor de la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas Catalanas.
3) Proceso de votación
Hay dos rondas de votaciones. En la primera se eligen, entre todas las candidaturas, los nominados al Premio Gaudí. En la segunda ronda, se eligen los Premiados.
4) Cómo se ejerce el voto.
Las votaciones, en carácter general, se llevan a cabo por Internet. El académico con derecho a voto, ha de acceder a la página web: www.academiadelcinema.cat. El voto es secreto.
Hay dos rondas de votaciones. La primera es para escoger los nominados, también llamados candidatos o finalistas, y la segunda para elegir los galardonados.
Para poder votar, los académicos con derecho a voto deberán registrarse en la web específica para las votaciones. El sistema de votación genera un código y una contraseña para cada académico, de los que podrán hacer uso hasta la hora y minuto en que se cierra la votación.
La votación se ejerce a través de una página de Internet con conexión segura SSL (https) y queda grabada en una base de datos. Esta base de datos genera automáticamente un mensaje de e-mail a dos direcciones diferentes (para asegurar la recepción del voto). Las dos direcciones corresponden al Notario designado para el recuento de votos y levantamiento de Actas de los Premios. El mensaje de e-mail contiene un archivo en formato texto donde figura el voto.
El Notario procesa la votación, según la normativa notarial vigente en materia de Actas de Sorteo. Una vez vencido el plazo para votar, se cierra la ventana de votación y el Notario inicia el recuento.
Los académicos ejercen cuatro votos por categoría en la primera vuelta. Pero tienen la opción de votar en blanco hasta en los cuatro votos.
Los plazos de las votaciones, primera y segunda vuelta, se cierran según el calendario que señala la Junta Directiva.
5) Recuento de votos
Una vez cerrado el plazo para emitir el voto, el Notario hará el recuento de votos y elegirá el profesional que haya obtenido más votos en cada categoría.
6) Desempate
En el supuesto de que una vez hecho el recuento haya un empate, el procedimiento a seguir será el siguiente:
Primera ronda
- Si dos o más películas tienen el mismo número de votos en una categoría, se desempatará y quedará nominada la película que haya obtenido más votos sumando todas las categorías.
- Si persiste el empate, ganará la película que tenga más nominaciones.
- Si persiste el empate, ganará la película en la que trabajen más académicos.
Segunda ronda
- Se suman los votos de la primera y segunda ronda.
- Si persiste el empate, ganará la película que haya obtenido más votos sumando todas las categorías.
- Si persiste el empate, ganará la película que tenga más nominaciones.
- Si persiste el empate, ganará la película en la que trabajen más académicos.
7) Acto público de comunicación de los nominados de los «Premios Gaudí»
Una vez finalizada la votación de la primera ronda, si corresponde, el Notario procederá a los recuentos que determinarán los nominados de la edición en curso de los «Premios Gaudí».
La Academia dará a conocer los nominados a los Premios, cuatro por cada categoría, los cuales estarán recogidos en un acta levantada previamente por el Notario y entregada a la Academia una (1) hora antes de la hora prevista de inicio del acto del anuncio. En esta acta notarial sólo se mencionarán las nominaciones, sin hacer referencia al número de votos recogidos por cada candidatura.
En esta presentación pública para comunicar los nominados de la edición en curso de los «Premios Gaudí», se convocará a los académicos y a los medios de comunicación social, para obtener la máxima difusión posible.
La fecha del acto de anuncio de los candidatos finalistas estará en el calendario de plazos que anualmente elabora la Junta Directiva de la Academia.
8) Segunda ronda de votaciones
Después del acto público de las nominaciones, se inicia la segunda ronda de votaciones, que determinará los ganadores definitivos de cada categoría.
9) Resultado final secreto
Una vez se obtenga el resultado definitivo de cada categoría, el Notario mantendrá el secreto de los resultados y el número de votos obtenidos por los ganadores, incluso, a los miembros de la Academia y de su Junta Directiva.
Asimismo, profesionales como informáticos que tengan acceso a los datos, no podrán leerlos, sólo para hacer las comprobaciones técnicas necesarias para su trabajo, pero deberán ignorar su contenido. Estarán informados de la confidencialidad de este reglamento.
El Notario levantará acta de los ganadores de cada una de las categorías, sin incluir número de votos; la entregará en un sobre cerrado y con un sello lacrado al director de la Gala y al jefe de presa. También elaborará un sobre por premio. Cada sobre se abrirá en presencia del público durante la Gala en el momento de la entrega del Premio. Después de la entrega de Premios, dará uno a la directora de la Academia para que se archive.
Si se considera oportuno, podrá acceder al resultado anticipadamente el director de la gala y el jefe de prensa, y éstos podrán elaborar su tarea profesional con los colaboradores pertinentes dentro de la estricta confidencialidad que se exige en cada edición.
Si se considera que algún otro equipo ha de disponer del acta notarial, también se le hará llegar con las mismas condiciones de confidencialidad.
Todas las personas que tengan acceso a estos resultados de forma previa a su comunicación en el transcurso de la Gala, los mantendrán en absoluto secreto. De trascender algún resultado, la Junta Directiva se reserva el derecho a tomar las medidas de penalización que valore oportunas.
IV.- ENTREGA DE PREMIOS
En la fecha que marque el calendario de los premios, aprobado por la Junta Directiva de la Academia, se celebrará un acto público (la Gala), en cuyo transcurso se entregarán los galardones a los profesionales más votados para cada una de las categorías de la correspondiente edición de los «Premios Gaudí».
Previamente, se informará debidamente a las personas nominadas del sitio y hora donde tendrá lugar la Gala en que se darán a conocer los ganadores finales de la correspondiente edición de los «Premios Gaudí». Las personas nominadas están convocadas a asistir a esta Gala, y éstas deben confirmar su asistencia a la Academia con una antelación mínima de siete días.
En su lugar, las personas que no puedas asistir, pueden nombrar una persona que les represente y que, dado el caso, recoja el premio si alguna de ellas resulta ganadora. La persona que recoge el galardón será su responsable y cualquier incidencia surgida con posterioridad a su entrega será responsabilidad de esta persona, que en nombre y representación de la persona ganadora ha recogido el premio.
En caso de que nadie lo recoja, la organización lo guardará hasta que lo pasen a recoger por la Academia, hasta un máximo de seis meses.
V.- NO ADMISIÓN DEL DERECHO DE DESISTIMIENTO
En virtud de las presentes Bases, los titulares de los derechos de las obras audiovisuales participantes no pueden retirar la participación de sus obras de los premios. La votación de las Películas por parte de los académicos se enmarca dentro del ejercicio del derecho de la libertad de expresión y, en consecuencia, la organización y celebración de los «Premios Gaudí» no es sino una manifestación de un derecho inherente al funcionamiento correcto del sistema democrático. Se debe remarcar que las críticas de los académicos en forma de votación están dentro la línea de los comentarios y reseñas en la prensa y otros medios de comunicación social.
El voto es una opinión personal, reflexiva y crítica positiva con el objetivo de elogiar a los mejores, por lo que se les gratifica públicamente con un galardón y el reconocimiento mayoritario de los académicos.
La selección final de una obra cinematográfica como merecedora del premio de una categoría es el resultado de una votación reglada e imparcial.
Dentro estos fundamentos legales, no se puede admitir la retirada de una película que sea candidata a una categoría a los presentes premios. Ni tampoco se puede rehusar ser candidato, ya que la participación no es elección del candidato
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VI.- CESIÓN DE DERECHOS. USO DE LAS OBRAS AUDIOVISUALES Y DE LA IMAGEN DE LOS PROFESIONALES CANDIDATOS/GALARDONADOS
En virtud de las presentes Bases reguladoras, la participación en los «Premios Gaudí» comporta por parte de la Academia el uso de la obra audiovisual participante. La Academia sólo hará un uso promocional i no lucrativo de las obras audiovisuales, mediante la utilización de imágenes, de cortes, de fragmentos o fotografías de la obra audiovisual, entre otras de sus manifestaciones, o de la obra audiovisual completa o de su banda sonora. Igualmente, la Academia también podrá usar la imagen de los profesionales candidatos/galardonados, a los únicos efectos del procedimiento de selección de los presentes premios y de los actos promocionales y de su entrega.
El uso de las obras audiovisuales y de la imagen de los profesionales nominados/galardonados anteriormente descrito, se podrá llevar a cabo en cualquier medio, soporte o modalidad de explotación incluidos los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y puesta a disposición del público (siempre en el marco de lo establecido en la estipulación anterior de las presentes Bases reguladoras) y no comporta ningún tipo de obligación o remuneración ni en metálico ni en especies por parte de la Academia a favor de los titulares de las obras audiovisuales que no sea la propia de resultar galardonado con el premio de la categoría en la que se ha participado.
VII.- PRESENTACIÓN DE MATERIALES
Se pedirá a los titulares de las obras audiovisuales nominadas el material promocional de la película candidata y ellos, voluntariamente, lo pueden hacer llegar a la organización de los «Premios Gaudí» dentro del plazo que se fije. Materiales:
- Copia de la película en formato DVD
- Material gráfico promocional (póster, traileres, making off...) en formato digital.
Los anteriores materiales se deberán entregar en el plazo que marque el calendario de los premios de la edición en curso en la siguiente dirección:
Acadèmia de les Arts i les Ciències Cinematogràfiques Catalanes
Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas Catalanas
C/ Passeig de Colom, núm. 6, of. 5
Barcelona, 08002
(ref. Premios Gaudí)
Las copias de las películas y la documentación se incorporarán al archivo Filmográfico y Documental de la Academia, sin que la Academia pueda hacer uso lucrativo de éste.
VIII.- OBLIGACIONES POST ENTREGA
Una vez terminadas las actividades propias de la edición correspondiente de los premios, a las personas que hayan resultado galardonadas se les podrá requerir la asistencia a actos promocionales posteriores. En este sentido, estas personas deberán mostrar a favor de la Academia disponibilidad para atender algún acto promocional relacionado con los galardones y la Academia. En ningún caso estas obligaciones supondrán un obstáculo a sus tareas profesionales y siempre serán debidamente comunicadas con antelación suficiente a los efectos de que la persona solicitada pueda compaginarlas con sus compromisos.
IX.- PROTECCIÓN DE DATOS
Los efectos de la convocatoria anual de los «Premios Gaudí», la Acadèmia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas recoge datos de carácter personal, los cuales serán tratados en un fichero automatizado de datos personales de su titularidad con la finalidad exclusiva de la gestión de los premios. La participación en los premios comporta inevitablemente que los datos personales de las personas participantes sean tratados en este fichero. Estos datos personales no serán cedidos a terceros y su tratamiento se mantendrá en la máxima confidencialidad y exclusivamente para la finalidad descrita anteriormente. La gestión llevada a cabo por el Notario encargado de dar fe pública del resultado de las votaciones es en el carácter exclusivo de encargado del tratamiento de datos personales. En ningún caso el Notario hará otros usos de estos datos personales.
Los datos personales de las personas participantes son en todo caso de carácter público dadas las características profesionales de los participantes. Los datos personales tratados por la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas son: nombre y apellidos, teléfono, e-mail y dirección postal, por lo que la Academia no queda sometida a las obligaciones fijadas por la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y por el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de LOPD.
Sin perjuicio de lo anterior, estos datos personales no serán cedidos a terceros y su tratamiento se mantendrá en la máxima confidencialidad.
X.- TRANSPARENCIA
La Junta Directiva de la Academia de las Artes y las Ciencias Cinematográficas Catalanas es el órgano responsable de la organización, convocatoria y comunicaciones públicas de los «Premios Gaudí». En todo momento, la Junta Directiva velará para que todo el proceso de los «Premios Gaudí» se lleve a cabo con la máxima transparencia en cuanto a los procedimientos de votación y se respete el principio del ejercicio de voto secreto.
En este sentido, el Notario depositario de las presentes Bases reguladoras, es el Fedatario Público que levantará acta de todos los resultados de las votaciones y mantendrá en la máxima confidencialidad los votos obtenidos por los diferentes participantes de la correspondiente edición de los «Premios Gaudí».
XI.- DEPÓSITO DE LAS BASES
Las presentes Bases Generales Reguladoras de los «Premios Gaudí» han sido protocolizadas ante el Notario Sr. José Ángel Ruiz Prado y pueden ser consultadas mediante cita previa en la sede de la Academia de Cine de Cataluña. Asimismo, están publicadas en www.academiadelcinema.cat.
XII.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES Y CONTROVERSIAS
La participación en los «Premios Gaudí» comporta la aceptación de la totalidad de sus Bases reguladoras. En caso de surgir alguna controversia respecto a éstas, la Junta Directiva de la Academia de las Artes y las Ciencias será el órgano encargado de proceder a la interpretación de las mismas a efectos de llegar a una solución. La decisión de la Junta Directiva no podrá ser reconsiderada y será definitiva.
Barcelona, 1 de octubre de 2010
Junta Directiva de las Artes y las Ciencias Cinematográficas Catalanas